Condiciones Generales de Contratación
Las presentes condiciones rigen la contratación de servicios de producción audiovisual prestados bajo la marca Klorpolmot a clientes particulares y profesionales (B2C).
1. Objeto del Contrato
Klorpolmot se compromete a la realización, grabación, edición y entrega de contenidos audiovisuales (podcasts, cursos, biografías, spots) conforme a las especificaciones aceptadas en el presupuesto individualizado.
2. Precios e Impuestos
Todos los precios se expresan en Euros (€). Salvo indicación expresa en contrario, los presupuestos contemplan los impuestos aplicables conforme a la normativa fiscal vigente.
3. Proceso de Contratación y Reserva
El encargo se considera formalizado tras la aceptación por escrito del presupuesto y el abono del depósito inicial estipulado (habitualmente el 50% del total).
4. Sesiones de Rodaje y Cancelaciones
Las fechas de grabación se fijan de mutuo acuerdo. Cualquier modificación o aplazamiento por parte del cliente deberá notificarse con al menos 48 horas de antelación para no incurrir en gastos de reserva de plató.
5. Proceso de Revisión y Aprobación
El cliente dispondrá de una versión de previsualización para indicar los ajustes necesarios incluidos en el alcance contratado antes de la generación del máster definitivo.
6. Propiedad Intelectual y Licencias
Tras la liquidación completa de los importes devengados, el cliente adquiere la titularidad sobre el máster final del contenido para su difusión y explotación comercial.
7. Derecho de Desistimiento
El cliente consumidor dispone de un plazo de 14 días naturales para ejercer su derecho de desistimiento conforme a las condiciones descritas en nuestro documento específico de Desistimiento.
8. Fuerza Mayor y Responsabilidad
Ninguna de las partes será responsable de retrasos debidos a circunstancias sobrevenidas de fuerza mayor o fallos en suministros generales ajenos a su voluntad directa.
9. Ley Aplicable y Fuero
Las relaciones contractuales se rigen por la legislación española. Para cualquier litigio serán competentes los tribunales correspondientes al fuero del consumidor.